El sistema tributario de Guatemala abarca varios tipos clave de impuestos, dirigidos tanto a individuos como a corporaciones. El país impone un impuesto al valor agregado (IVA) del 12% sobre la mayoría de los bienes y servicios, con ciertas exenciones, como los bienes importados por cooperativas y misiones diplomáticas. Guatemala también tiene un impuesto de timbre, calculado en un 3%, que se aplica a los documentos comerciales y legales, aunque existen exenciones específicas. El impuesto sobre la renta corporativa (CIT) se estructura en dos regímenes: un impuesto del 25% sobre los ingresos netos o un impuesto opcional del 7% sobre los ingresos brutos, según las preferencias de la empresa. Las ganancias de capital, tanto para empresas como para personas físicas, se gravan a una tasa fija del 10%. Este sistema garantiza la generación de ingresos y, al mismo tiempo, ofrece opciones para simplificar los métodos tributarios, especialmente para las empresas.
Guatemala Impuesto sobre Ganancias de Capital (CGT)
Tasa impositiva general sobre ganancias de capital:
10%
Guatemala Tasa impositiva efectiva (ETR)
Tasa impositiva promedio efectiva compuesta:
22.75%
Tasa impositiva marginal efectiva compuesta:
13.33%
Información adicional
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TKEG Expat Guatemala Guía de impuestos corporativos
Impuesto al valor agregado (IVA) de Guatemala
Impuestos de timbre en Guatemala
Impuesto sobre Sociedades (CIT) de Guatemala
Impuesto sobre las ganancias de capital de Guatemala (CGT)
Impuesto sobre nómina
1.
Impuesto al valor agregado (IVA) de Guatemala
En Guatemala, se aplica un IVA del 12% a la venta o transferencia de bienes y la prestación de servicios. Esto incluye los servicios no personales realizados en Guatemala. El impuesto se recauda mediante el sistema de facturación, en el que el IVA cobrado a los clientes se compensa con el IVA pagado por las compras, lo que resulta en el pago del importe neto del impuesto al gobierno. Algunas transacciones, como la circulación de títulos de crédito, están exentas del IVA. Ciertas categorías de bienes y servicios están exentas de este impuesto, incluidas las importaciones relacionadas con las cooperativas, la importación temporal y las misiones diplomáticas.
Guatemala impone un impuesto de timbre a todos los documentos comerciales y legales que de otro modo no estén sujetos a exenciones del IVA o similares. El impuesto se calcula generalmente a una tasa del 3% del valor nominal del documento o del valor bruto de la transacción. Este impuesto también se aplica a los pagos o créditos de dividendos a una tasa del 5%. Las exenciones de este impuesto incluyen las cartas de crédito y las transacciones que impliquen transferencias internacionales de fondos. En actualizaciones recientes, se derogó el impuesto de timbre sobre el pago de dividendos en favor de un impuesto sobre la renta del 5% sobre los dividendos.
El CIT de Guatemala está estructurado con dos regímenes diferentes: un sistema basado en las ganancias, que grava a una tasa del 25% sobre los ingresos netos, y un sistema opcional simplificado que grava el 7% sobre los ingresos brutos. La declaración del CIT para ambos regímenes vence el 31 de marzo. Las empresas que pagan con arreglo al sistema sobre las ganancias deben liquidar el saldo final al presentar la declaración, mientras que el sistema opcional simplificado prevé retenciones durante todo el año. Las empresas que pagan impuestos sobre las ganancias requieren pagos trimestrales, y las que se rigen por el sistema opcional simplificado requieren pagos mensuales.
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